Informe sobre la aplicación de la Ley de Manejo del Fuego

La Ley N° 26.815 establece los presupuestos mínimos de protección ambiental en materia de incendios forestales y rurales en el ámbito del territorio nacional y, en su artículo 3°, crea el Sistema Federal de Manejo del Fuego, a los fines de establecer mecanismos para un eficiente manejo del fuego en defensa del ambiente; coordinar y asistir técnica y operativamente a los organismos nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, competentes en las tareas del manejo del fuego, con la finalidad de promover una organización federal eficiente y capaz de dar respuesta adecuada en los distintos niveles de contingencia, propiciando ámbitos regionales de actuación; y promover la concientización de la población acerca del impacto de los usos del fuego, fomentando el cambio de los hábitos perjudiciales para el ambiente.

Proyecto de Resolución Diputada Nacional Josefina Mendoza
Una cuadrilla de la Brigada de Lucha Contra Incendios Forestales de la Dirección Provincial de Defensa Civil, lucha contra el fuego.

Sin embargo, en estos últimos días hemos sido espectadores de cómo los incendios han devorado más de catorce mil hectáreas en el norte de la provincia argentina de Córdoba, donde unas ciento cincuenta personas han tenido que ser evacuadas mientras que cerca de una decena de casas han sufrido daños totales y parciales, situación que se suma a los focos que hoy todavía afectan a las islas del Delta del Paraná en Entre Ríos,
donde se recrudecieron los incendios que afectan ese humedal, uno de los más importantes de Argentina. Así mismo, en Chaco, actualmente existen más de seis mil focos de incendios forestales, que ya afectaron a más de diez mil hectáreas, y en Catamarca, un incendio forestal que se encuentra “fuera de control” y ya consumió mil hectáreas en el cordón del cerro Ancasti, en el departamento El Alto.

Por su parte, en la Provincia de Buenos Aires, precisamente en Lomas de Zamora, una organización de vecinos autoconvocados en defensa de la Reserva Natural provincial Santa Catalina denuncia incendios en el humedal de la Reserva Natural Provincial, que abarca más de setecientas hectáreas. En El Palomar, la Isla Verde, una zona de doscientas hectáreas que es un reservorio natural de años, que forma parte del corredor biológico de Buenos Aires y que tiene más de doscientas especies registradas, es víctima de incendios de origen incierto. Por último, en La Matanza, la Reserva Natural de Laferrere ha sufrido dos incendios en los últimos días, donde se quemaron aproximadamente nueves hectáreas.

En este sentido, resulta fundamental solicitar información sobre la aplicación de la Ley N° 26.815, Ley de Manejo del Fuego, como principal regulación para la mitigación de los incendios forestales y rurales, a los fines de conocer con certeza cuales son las acciones que lleva a cabo el Poder Ejecutivo Nacional frente a estos hechos lamentables.

A través del presente pedido de informes solicitamos detalles sobre cuáles son los mecanismos implementados para velar por el cumplimiento de la Ley N° 26.815, en particular los mecanismos implementados por el Sistema Federal de Manejo del Fuego; cuáles son las acciones previstas a los fines de abordar los incendios que han registrado en nuestro país durante el periodo comprendido entre el inicio del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” a la fecha; cuál es la cantidad de aviones hidrantes, aviones de observación y helicópteros con helibalde con que cuenta actualmente el Estado Nacional; cuál es el presupuesto del Fondo Nacional del Fondo de Fuego destinado a abordar estos incendios; y cuáles han sido las acciones para detener actividades económicas privadas agropecuarias a causa de estos incendios.


PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Expte: 4419-D-2020

Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional para que, a través del organismo correspondiente, informe sobre la implementación de la Ley N° 26.815, conocida como Ley de Manejo del Fuego, durante el periodo comprendido entre el inicio del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” según Decreto N° 297/2020, hasta la fecha, lo siguiente:

  1. ¿Cuáles son los mecanismos implementados para velar por el cumplimiento de la Ley N° 26.815, en particular los mecanismos implementados por el Sistema Federal de Manejo del Fuego, a los fines de establecer mecanismos para un eficiente manejo del fuego en defensa del ambiente; de velar por la seguridad de la población en general y de las personas afectadas al combate de incendios; y de establecer mecanismos para una eficiente intervención del Estado en las situaciones que involucren o demanden acciones y operaciones de prevención, presupresión y combate de incendios que aseguren el adecuado manejo del fuego, durante el periodo comprendido entre el inicio del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” a la fecha?
  2. ¿Cuáles son las acciones previstas a los fines de abordar los incendios que se han registrado en distintas regiones de nuestro país, durante el periodo comprendido entre el inicio del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” a la fecha?
  3. ¿Cuál es la cantidad de aviones hidrantes, aviones de observación y helicópteros con helibalde con que cuenta actualmente el Estado Nacional para intervenir ante los incendios forestales en las distintas regiones de nuestro país, durante el periodo comprendido entre el inicio del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” a la fecha?
  4. ¿Cuál es el presupuesto del Fondo Nacional del Fondo de Fuego destinado a abordar los incendios que se registraron en las distintas regiones de nuestro país, durante el periodo comprendido entre el inicio del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” a la fecha?
  5. ¿Se han implementado acciones para detener actividades económicas privadas agropecuarias a causa de los incendios que se han registrado en las distintas regiones de nuestro país, durante el periodo comprendido entre el inicio del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” a la fecha? En el caso de ser una respuesta afirmativa, detalle cuáles han sido estas acciones.

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