Programa de Corredores Turísticos Sanitarios

A continuación les dejo un Proyecto de la Diputada Nacional Camila Crescimbeni que acompaño y es sobre la creación de un Programa de Corredores Turísticos Sanitarios para crear protocolos que permitan una nueva normalización.

Argentina es un país con una gran potencialidad turística. Desde sus parques nacionales, sus sitios declarados Patrimonio Mundial por la UNESCO donde abunda la riqueza y diversidad de climas, geografías, flota y fauna. Todos elementos que sin duda permiten reconocer, promover y desarrollar el turismo como actividad económica.

El sector turístico se ha posicionado internacionalmente, generando una importante entrada de divisas y convirtiéndola en una de las principales fuentes de ingresos y empleabilidad, tanto para las provincias como para muchos municipios de la Argentina.

Su incidencia es cada vez más importante para el PBI nacional y para la generación de empleos que surgen a partir de su desarrollo. La industria turística aporta el 10% del PBI del país y un 9,4% de la población laboral.

Sin embargo, a partir de la crisis sanitaria, los organismos internacionales tales como la Organización Mundial del Turismo (OMT) han determinado que el sector es una de las industrias más afectadas por la pandemia.

Se podrían perder millones de empleos en una industria que proporciona altos niveles de empleo y las economías menos desarrolladas podrían verse particularmente afectadas. Entre 100 y 120 millones de empleos en turismo están en riesgo como resultado del colapso de la demanda de viajes internacionales, predice la Organización Mundial del Turismo (OMT). En marzo, el Consejo Mundial de Viajes y Turismo pronosticó que los viajes internacionales podrían caer hasta un 25% este año. La OMT ahora prevé una disminución del 60-80%.

Corredores turísticos Josefina Mendoza
Josefina Mendoza co-autora del proyecto de corredores turísticos

Cabe destacar que, aunque la OMT advierte que la crisis podría amenazar el progreso en los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la ONU para el turismo, otros actores de la industria sugieren la oportunidad de reconstruir el turismo más sostenible y amigable con el ambiente. La agencia ha estado promoviendo la mejora de la sostenibilidad del turismo en una variedad de niveles, desde la igualdad de género hasta el agua potable y el saneamiento, para 2030. Sin embargo, con el distanciamiento social que cambia el paradigma del turismo de masas, algunos ahora se preguntan si COVID-19 podría presentar una oportunidad para una forma más responsable de viajar.

Siguiendo las experiencias de Australia y Nueva Zelanda, el concepto de burbujas nos remite a lugares cerrados y seguros en donde el movimiento libre de personas permitiría de forma correcta (es decir, siguiendo todos los parámetros
sanitarios correspondientes para mantener bajos o nulos los contagios) explotar estas apreciadas rutas turísticas.

La Creación de “Corredores Turísticos Sanitarios” permitirá la libre circulación con situaciones epidemiológicas comparables en la región de origen y de destino, siempre y cuando sigan las actuales tendencias positivas con respecto a la enfermedad. De esta manera, potenciados por las medidas de seguridad sanitaria correspondiente, las economías y las ganancias producto del turismo puedan ser el primer eslabón de la reactivación y el primer componente para plantear la agenda del día después al Covid -19.

Las rutas turísticas disponibles entre municipios y/o provincias cercanas que abarcan actividades propias tales como gastronomía, actividades culturales, actividades recreativas o cualquier otra, enriquecen a los distritos que pasaron a formar parte de su acervo cultural hacia el resto del país. Estas particularidades son elementos fundamentales para comenzar a pensar en una reactivación económica que acompañe a las medidas protocolares sanitarias recomendadas por los expertos correspondientes y las medidas de seguridad que se indiquen para llevarlas a cabo.

La reactivación del turismo en el mundo deberá ser, sin duda, con mayor empatía, solidaridad y conciencia. En este sentido, la Argentina tiene una potencialidad comparativa enorme por contar con innumerables puntos turísticos naturales. Ello permitirá el afianzamiento de la gobernanza como instrumento para enfrentar una crisis que a priori comienza a mostrarse de consecuencias múltiples (es decir, afectando no solamente lo sanitario sino lo económico, lo social o lo psicológico).

Esta pandemia dejará muchos aprendizajes en diferentes aspectos; pero en lo que refiere al turismo será una práctica más humana que valorará la magnificencia de la naturaleza, y resignificará lo propio y lo ajeno desde una renovada perspectiva, ciertamente impensada y posiblemente sustentable.


PROYECTO DE LEY
Creación del Programa Corredores Turísticos Sanitarios para la reactivación económica en el marco de la pandemia mundial por el Coronavirus COVID -19.

ARTÍCULO 1°.- Creación. Crease el Programa Corredores Turísticos Sanitarios en el marco de la pandemia por el Coronavirus COVID-19, que regirá en todo el territorio de la República Argentina.

ARTÍCULO 2°.- Objeto. La presente ley tiene por objeto promover la reactivación económica de la República Argentina incentivando el turismo selectivo y por etapas dentro del territorio de la República Argentina, contemplando todos los protocolos sanitarios y considerando todas las medidas de seguridad correspondientes, para evitar la propagación del contagio del Coronavirus COVID-19.

ARTÍCULO 3°.- Definiciones. Son definiciones para la presente ley:
a) Corredores Turísticos Seguros: vías de conexión entre centros, zonas, áreas, complejos, unidades, conjuntos, atractivos y puertos de destino, que sirven para unir unos con otros y forman la estructura del espacio turístico. Según su función pueden ser de traslado o de estadía. Cuentan con protocolos elaborados por la Autoridad de Aplicación, en conjunto con las provincias y municipios en cuestión, que garantizan la seguridad sanitaria en la actividad turística.
b) Burbujas: Zonas consideradas por la Autoridad de Aplicación, en conjunto con provincias y municipios en cuestión, como seguras para llevar adelante actividades turísticas.

ARTÍCULO 3°.- Autoridad de Aplicación. El Ministerio de Turismo y Deporte de la Nación y el Ministerio de Salud de la Nación serán la autoridad de aplicación de la presente ley.

ARTÍCULO 4°.- Funciones. Serán funciones de la Autoridad de Aplicación:
a) Implementar Programa Corredores Turísticos Sanitarios con el fin de promover la reactivación económica, la creación de empleos y el desarrollo turístico, incentivando los servicios turísticos vinculados a sus atractivos naturales y
culturales.
b) Crear mesas interjurisdiccionales público-privadas, con los órganos provinciales y municipios implicados, así como las Cámaras del sector, para establecer los protocolos sanitarios pertinentes así como las etapas para la activación de los corredores en el territorio nacional.
c) Velar por el desarrollo turístico de las provincias y municipios alcanzados por la presente, considerando las particularidades de cada una y las que la Autoridad de Aplicación considere pertinentes.
d) Establecer el criterio a utilizar para la formación de las burbujas, contemplando las disposiciones sanitarias, económicas y turísticas, sin poner en riesgo a la población argentina.
e) Promocionar y promover, a través de los medios correspondientes, las distintas burbujas que se encuentran habilitadas en cada una de las provincias de la República Argentina.
f) Se deberá realizar una evaluación diaria y vigilancia epidemiológica en conjunto con cada provincia y municipio alcanzado por el mencionado programa.
g) Reportar y publicar de forma semanal los resultados que estas burbujas arrojen y sus impactos en el territorio.

ARTÍCULO 5°.- La presente ley tendrá por alcance a todas las provincias y/o municipios del país que la Autoridad de Aplicación considere aptas para la implementación del programa velando por el objeto del artículo 2°.

ARTÍCULO 6°.- Reglaméntese una vez finalizado el aislamiento social, preventivo y obligatorio, contemplado en el Decreto 297/2020.


Te dejo un par de proyectos y artículos sobre el Covid19

👉 ¿Qué es el Coronavirus y cómo se previene?
👉 ¿Qué hacer al salir del aislamiento por coronavirus?
👉 Proyecto de incentivo para la fabricación de respiradores artificiales y oxígeno de uso medicinal
👉 Disposiciones para los trabajadores y trabajadoras de la salud, durante la pandemia COVID-19

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